viernes, 21 de abril de 2023

terminación de los contratos colectivos sólo daña a los trabajadores: ANAD




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Agencia MANL

Ciudad de México,- Dejar sin contratos colectivos (CCT) a los trabajadores es más grave de lo que cree la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El colectivo laboral es el que lucha por defender y mejorar sus derechos; individualmente cada trabajador no lo puede lograr: es su organización, la huelga y con el CCT, como se defienden los derechos e intereses laborales. Sin esas defensas, sólo se beneficia al patrón.

La STPS decidió castigar a quienes no legitimaron sus CCT a tiempo, ni registraron las consultas antes del 1 de mayo, y ello ocasionará la cancelación de un gran número de CCT, a pesar de que las organizaciones sindicales, la mayoría corporativas o patronales, tuvieron 4 años para cumplir con este proceso establecido en la reforma laboral y el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Sin embargo, los derechos humanos del trabajo, serán ahora individuales de cada trabajador, ya no más colectivos. Ello lesiona gravemente los tres derechos básicos colectivos que son indivisibles: el de organización sindical, el de contratación colectiva y el de huelga, es decir, los principales derechos de defensa de los trabajadores. 

Para la ANAD, anular estos derechos colectivos favorece solo al patrón, al dejar indefenso al trabajador: sólo y con sus derechos individuales, significa un gran retroceso histórico para los trabajadores. Ellos son el sustento y la mayoría del país.

Como se sabe es en la organización, la colectividad y la unidad en donde radican la fuerza social, económica y política de los trabajadores; en cambio, el poder del capital radica en la propiedad privada de la empresa, en el despido arbitrario (favorecido con la reforma de 2012) y en su organización de clase social.

La STPS señaló durante casi cuatro años que eran 500 mil el total de los CCT existentes en el país, luego a 100 días de la fecha límite redujo drásticamente la cifra a 139 mil. Al último corte, sólo 11 por ciento (unos 15 mil) de los documentos han sido legitimados, por lo que una gran mayoría serán extinguidos, causando un enorme daño a las y los trabajadores.

Las autoridades laborales, incluyendo el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, han señalado que al darse por terminado un contrato colectivo, los derechos adquiridos por los trabajadores quedan garantizados en individuales. No obstante, ello abona a la inestabilidad en sus derechos laborales y el empleo frente a la patronal. De acuerdo con el Inegi hasta el tercer trimestre de 2022, había 16.3 millones de trabajadores que no contaban con un contrato de trabajo por escrito.

Cabe mencionar que en ese periodo, al menos 244 contratos colectivos fueron dados por terminados, luego de que en las consultas de votación los trabajadores manifestaron su rechazo al contenido de esos documentos. 


Desde 1938 el maestro Mario de la Cueva señaló el carácter indivisible de los tres derechos colectivos: al afectar a uno, repercute en los demás, debilitando a los tres. Al respecto hay también jurisprudencias.

La medida es notablemente regresiva: la transición de un contrato colectivo a unos individuales viola tres derechos humanos constitucionales: los derechos indivisibles, la prohibición de medidas regresivas y las discriminatorias.

Ante este escenario, la ANAD pide al Presidente Andrés Manuel López Obrador y a la STPS que retiren ese castigo y se busque otras alternativas.
Invitamos a todos los trabajadores a salir el 1 de mayo de todo el país a manifestar sus derechos, luchando.

Por la ANAD, Bertha Galeana, presidenta; María Luisa Campos, Lauro Sol, María de la Luz Rivera, Manuel Fuentes y Oscar Alzaga
Contacto: Mónica

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