Agencia MANL
Ciudad de México.- El TEPJF revoca la sanción impuesta por el INE a Morena por la supuesta responsabilidad por la creación y operación del fideicomiso “Por los demás”
• La Sala Superior determinó que la investigación realizada por la autoridad electoral administrativa no fue exhaustiva ni congruente
• El Pleno consideró que no existen elementos que permitan demostrar la relación directa o indirecta de Morena en la creación y operación del fideicomiso
El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución INE/CG638/2018 aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se determinó existencia de un vínculo indisoluble entre el fideicomiso “Por los demás” y el partido Morena, por lo que los recursos ingresados al fideicomiso están sujetos a las reglas de fiscalización y, en consecuencia, le impuso al partido una sanción por $197,046,415.92, al concluir que los recursos aportados al fideicomiso debían considerarse como aportaciones al partido y, con ello, acreditarse la recepción de financiamiento de fuentes prohibidas o desconocidas, además de no haberse informado oportunamente a la autoridad electoral la constitución del fideicomiso ni los recursos recibidos.
El acuerdo referido fue impugnado por el partido Morena, quien argumentó que el INE carece de competencia para fiscalizar un fideicomiso de naturaleza privada y para ampliar la litis sobre hechos no denunciados, y alegó la falta de exhaustividad en la investigación e indebida fundamentación y motivación de la resolución. Por otro lado, los ciudadanos integrantes del Comité Técnico del fideicomiso señalan que el INE vulneró su garantía de audiencia y que dicha autoridad carece de competencia para ordenar el cese de las operaciones.
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