miércoles, 6 de mayo de 2015

TEPJ echa abajo candidaturas de aspirantes a diputados locales del PRD en el Edomex

Agencia MANL

México D.F.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación echó a bajo las 45 candidaturas a diputados locales del Partido de la Revolución Democrática (PRD) porque no se cumple con la distribución paritaria de las aspiraciones a diputaciones por el principio de mayoría relativa en función de género, así lo dio a conocer Roberto Montañez presidente de Organizaciones Populares del Estado de México (OPEM), de la corriente perredista Vanguardia Progrsista.

Agregó que las candidaturas de los 23 hombres y 22 mujeres registrados por el PRD ante el INE (Instituto Eleectoral del Estado de México) fueron impugnadas por distintos precandidatos que no obtuvieron una candidatura, como él, a las que aspiraban.

La Resolución emitida por la Sala Regional  de la Quinta Circunscripción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitida en fecha 04 de mayo del presente relacionada con el Juicio Para la Protección de  los  Derechos  Políticos-Electorales  del  Ciudadano, expediente número ST-JDC-278/2015, "echa a bajo las aspiraciones de los 45 candidatos".

El TEPJ estima, dijo,  que no se cumple con la distribución paritaria de las candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa en función de género y en el segmento intermedio de votación, en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la notificación del fallo proceda a realizar una nueva designación que atienda la observancia formal y material en la distribución de las candidatura.

El PRD,  explicó dio prioridad a la competitividad en los distintos distritos locales sin considerar si postulaba hombres o mujeres.

En donde las mujeres fueron postuladas en distritos donde el PRD es menos competitivo, y eso representa un sesgo desfavorable para ellas y pasan por elto los criterios de la Ley General de Partidos Políticos.

"O sea que habrá un reacomodo de los candidatos" y habrá alguno, o algunos que no participen en la jornada electoral del 7 de junio, aunque la determinación del tribunal incluye solo los que ya están registrados ante el INE.

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